puedes mandar algún representante también, igual por más que halla leyes, es que ahora hay 2 cosas de las que no se puede zafar: la muerte y el garroneo de la ADuana. Ahora está LUCIA: acá está explicado bastante en que consiste la nueva joda y la mafia al más alto nivel. Igual yo sigo sin saber porqué algunos te dicen que los despachantes te cobran 15 dólares y ellos te dicen que 123 dólares.
EL SISTEMA INFORMATICO LUCIA
El sistema informático, adoptado por la Aduana uruguaya permitió el diálogo fluido de los Despachantes de Aduana en forma directa a través de una VAN (Red de Valor Agregado) con terminales instaladas en sus oficinas, con un centro de Cómputos de la Aduana, el que evalúa la propuesta de clasificación y liquidación de tributos que efectúa el Despachante, e informará en caso de disentir con lo especificado por el Despachante, qué costo tendrá la operación (impuestos, gravámenes, tasas, etc.) y qué documentación deberá aportarse para la liberación de la mercadería. El Despachante decidirá cuál de las dos opciones de clasificación y liquidación de tributos es la que confirmará, y una vez obtenida la conformidad a través de medios telemáticos pagará los impuestos y/o costos correspondientes y al recibir la señal de conformidad, del Computador Central, pudiendo de esta manera continuar con el trámite aduanero-portuario.
Como corolario de lo expresado y en lo que específicamente atañe al Despachante de Aduana, podemos afirmar que la utilización de la informática constituye un significativo adelanto técnico que le permitió realizar sus operaciones con el máximo rendimiento, seguridad, confidencialidad, bajo costo, fluidez y rapidez.
Mucho se ha dicho y se ha escrito sobre este Profesional cuya actividad se desarrolla en todas las latitudes del orbe pero poco es lo que se conoce sobre la real dimensión de su cometido.
Se afirma y con justa razón, que el Despachante de Aduana o Agente Aduanal – como se le denomina en otras partes del mundo –, CONSTITUYE EL NEXO INSUSTITUIBLE ENTRE LA ACTIVIDAD PRIVADA Y LA ACTIVIDAD PUBLICA, en su caso el Estado, representado por la Aduana y su función que excede los límites de lo simplemente orientativo, adquiere una relevancia tal que ambos sectores, aunque pueda pensarse lo contrario, no pueden actuar armónica y eficazmente, si no cuenta con su presencia.
Es así que todas las legislaciones del mundo, bajo una forma u otra, consagran y regulan los alcances de su labor y los parámetros a que deben sujetarse para un mejor ejercicio profesional y en algunos casos, como por ejemplo en Chile y Bolivia se les otorga el carácter de auténticos Ministros de Fé, con los que cuenta el Estado como punto y factor de apoyo en la temática del comercio exterior.
La Ley N° 13.925 promulgada por el Poder Ejecutivo con fecha 17 de Diciembre de 1970, sus modificativos y concordantes, los inviste como Agentes Auxiliares del Comercio y del servicio aduanero y condiciona el ejercicio de su actividad y responsabilidades, a cuyos efectos los califica y determina las condiciones a que debe sujetarse su desempeño, estableciendo su participación preceptiva en todas las operaciones de índole aduanera. Así también el Código de Comercio los identifica como Agentes Privados de Interés Público.
El Decreto N° 254 del año 1998 les fija importantes garantías para el ejercicio de la Profesión, que se aplican con renovador cada año según el total del valor CIF de las operaciones de Comercio Exterior presentados.
Perfilada su figura es preciso concluir que la constante evolución de la mecánica regulatoria de las operaciones de importación, exportación, tránsito, draw back, etc., que en definitiva conforman el comercio exterior y las avanzadas técnicas que ponen en práctica los sistemas aduaneros del mundo, exigen al Despachante de Aduana una permanente actualización de sus conocimientos y una consecuente concurrencia de responsabilidades. Ello demuestra que sus actividades van mucho más allá de la simple calificación de Auxiliares del Comercio y la importancia que les otorga el Código Aduanero, a sus funciones específicas resaltan su condición de experto, que actúan como elementos de enlace entre el comercio y el servicio aduanero y las áreas conexas, haciendo imprescindible su profesionalidad, que aparece convalidada no sólo por todo lo expresado sino también por antecedentes históricos que permiten inferir con fundamento que su IDONEIDAD Y VOCACIÓN PRÁCTICA son sin duda elementos INSUSTITUIBLES en las relaciones entre el ámbito comercial y el Fisco dentro de las regulaciones que prevé la Ley.
Históricamente la profesión de DESPACHANTE DE ADUANA, posee una larga existencia y en los hechos una gravitación que la ha constituido en el eslabón indispensable para hacer factibles las operaciones que configuran el intercambio comercial internacional.
Pese a ello, fuera del área de su cometido específico, es decir el comercio, la industria y el campo aduanero, su rol NO ES CONOCIDO SUFICIENTEMENTE y con frecuencia se confunde y retacea su función y habitualmente no se comprende y valora la índole y medida de su participación en el logro de los fines comunitarios en los que activamente contribuye.
Queda sentado pues, que el Despachante de Aduana ES UN VERDADERO Profesional que a más de dominar los problemas vinculados con la ubicación arancelaria de las mercaderías y sus connotaciones tecnológicas, debe forzosamente conocer el Código Aduanero, las leyes que lo complementan y sus reglamentaciones, la Nomenclatura Común del MERCOSUR, que en la actualidad suplanta a la Nomenclatura del Comercio Exterior, sus Notas Explicativas y los Criterios Clasificatorios, el Régimen y la conformación de la ALADI, el CAUCE y el MERCOSUR, los Tratados y Convenios de todo tipo suscriptos por el país, las normas de Valoración de la Organización Mundial del Comercio (OMC) y del GATT, los progresos en materia tecnológica, el análisis de la documentación de respaldo de las operaciones, los sistemas de computación y el sistema informático denominado LUCIA, adoptado por la Aduana uruguaya y sus sucedáneos aplicados en otros países de Latinoamérica y consiguientemente la formulación y procedimiento de las solicitudes de destinación de las mercancías que arriban o salen del país, el régimen de las exportaciones y de los programas promocionales y de intercambio y su relación con la política oficial de expansión, las operaciones bancarias, su concreción y la instrumentación de créditos y formas de pago, las nociones fundamentales del derecho tributario administrativo comercial y penal aduanero, las reglamentaciones de fletes y estadística, los controles sanitarios afectados al comercio internacional, las contribuciones extraordinarias y las reglamentaciones propias de todos los organismos que intervienen de acuerdo a la naturaleza de los productos, tanto en la importación como en la exportación, los regímenes del IVA, impuestos recaudados por la Dirección General Impositiva, para lo cual deben afrontar un panorama de constante modificación y que por lo tanto exige un permanente estudio y actualización en tan diversas materias.
Trazado este pormenor debe señalarse que la labor del Despachante de Aduana no es rutinaria ni mucho menos, ella se inicia antes del despacho de las mercancías con el aporte del consejo y orientación al exportador o industrial para que los embarques, tanto en la importación como en la exportación se efectúen en forma correcta.
Ello incluye la presentación y preparación de los documentos mediante los cuales la Aduana ejerce sus funciones de contralor documental, percepción y fiscalización.
La índole de sus tareas y el propio carácter de auxiliar del Fisco son las constantes de su gran responsabilidad, ya que mediante su accionar y bajo su firma se pone en marcha el aparato administrativo fiscal cuyos mecanismos actúan bajo su impulso.
Paralelamente a su capacidad para captar con rapidez y acierto los múltiples problemas que se le presentan, resulta esencial que se muestre ágil y dinámico en el planteamiento correcto de las soluciones que correspondan, dispensando igual cuidado a los legítimos intereses de sus mandantes y a los del Fisco. Que como se ha dicho son concurrentes y no antagónicos.
Cabe destacar que tanto el comercio como la industria ponen en mano de los Despachantes de Aduana cuantiosos intereses que confían en su pericia y honorabilidad.
Para finalizar, cabe señalar que la actividad del profesional Despachante de Aduana, globaliza un entorno de 2.500 puestos de trabajo entre empleados y empleadores, a lo largo y ancho de toda la República Oriental del Uruguay, realizando sus aportaciones legales en tiempo y forma a todos los organismos del estado para poder operar ante la Dirección Nacional de Aduanas y teniendo una repercusión social directa en aproximadamente 7.500 personas, sin contar los múltiples proveedores de los variados insumos que precisa su constante actividad. Así también vale precisar la importante contribución que la profesión realiza a la comunidad por medio de los tributos que gravan su actividad.
El 12 de febrero de 1935, se funda la Asociación de Despachante de Aduana del Uruguay, Institución gremial de empleadores, sin fines de lucro, que nuclea la casi totalidad de los profesionales Despachantes de Aduana reconocidos por Ley.
SEA UD. BIEN ASESORADO. CONFIE Y RECURRA A SU DESPACHANTE DE ADUANA